Funcionario reclamó que medida es discriminatoria, pero magistrados no le dieron la razón

En un reciente fallo, la Sala Constitucional ratificó la prohibición que tienen los bomberos ticos de usar barba.
La sentencia responde a un recurso de amparo que presentó un bombero que está disconforme con esta obligatoriedad que se le impone.
El hombre alegó que, por ser bombero, debe permanecer con su cara completamente rasurada y sin vello facial, según el artículo 32 de su reglamento.
Dicha normativa indica que esto se ordena “con fines preventivos, de seguridad y en concordancia con la normativa de Salud Ocupacional aplicable a la actividad bomberil, por tratarse de labores de atención
de emergencias”.
Sin embargo, el bombero argumentó que dicha medida “resulta discriminatoria y lesiona los derechos de identidad de los ciudadanos costarricenses, ya que el uso de barba y bigote es parte de la personalidad que constituye la identidad personal”.
No obstante, los magistrados declararon sin lugar el recurso, por lo que el hombre deberá continuar rasurándose para seguir en el Cuerpo de Bomberos.