Prohíben vapear en el trabajo, bares, hoteles y paradas de bus

Tras meses de espera por fin se publicó el reglamento que regula el uso de vapeadores en Costa Rica.

A partir de ahora, queda terminantemente prohibido vapear en los siguientes lugares:

  • Hospitales
  • Centros de trabajo
  • Parqueos
  • Centros educativos
  • Casinos, clubes y bares
  • Restaurantes y hoteles
  • Instalaciones deportivas
  • Cárceles
  • Cajeros automáticos
  • Gasolineras
  • Medios de transporte
  • Paradas de autobús y taxi

Cabe destacar que los lugares antes mencionados tienen un plazo de 6 meses para colocar los carteles y señalizaciones que indiquen la prohibición de vapear.

El reglamento también estableció la prohibición de vender vapeadores de cualquier tipo a menores de edad.

Además, se prohibió vender vapeadores a personas por Internet y medios digitales, ya que no se puede comprobar por esas vías si los compradores realmente son mayores de edad.

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