
Un nuevo fallo de la Sala Constitucional marcó un precedente a favor de la salud sexual de los niños costarricenses.
Los magistrados le ordenaron a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) vacunar a un menor de edad contra el Virus del Papiloma Humano (VPH).
Según la sentencia, una madre de Palmares presentó un recurso de amparo contra la Caja porque le negaron dicha inyección a su hijo.
La institución le dijo a la mamá que esa vacuna solo se le podía aplicar a las mujeres de entre 10 a 12 años y que si su hijo la quería tenía que acudir al sector privado.
Molesta, la madre reclamó que eso era discriminatorio porque su hijo pronto va a comenzar su vida sexual y también tiene derecho a tener la protección aunque no sea mujer.
Además, agregó que dicho antídoto es muy caro en una farmacia y que no tiene los recursos económicos para costearlo.
Por eso, la mamá acudió a la Sala IV y argumentó que la respuesta de la Caja constituyó una discriminación de género y una desigualdad que transgrede el derecho a la salud digna y preventiva de los hombres menores de edad.
Los magistrados declararon con lugar el recurso y ordenaron a la CCSS que en un plazo de 3 días le aplique la vacuna al niño.
Esta jurisprudencia marca un precedente para que, si en futuro la Caja le niega la inyección a otro varón menor de edad, los padres puedan tener respaldo para apelar.